Funciones de la OMIC

La Oficina Municipal de Información al Consumidor es la autoridad de aplicación de la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y de la Ley Provincial Nº 13.133, denominada “Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Usuarios y Consumidores”, entre otras.

Dentro de las numerosas funciones y competencias que tiene la OMIC, una de las más destacadas es la de brindar información y asesoramiento en forma totalmente gratuita a los consumidores y usuarios acerca de los derechos que les asisten como tales. Fundamentalmente asistir a todos los ciudadanos del partido de L. N. Alem ante situaciones de vulnerabilidad que puedan encontrarse frente a ciertos abusos de empresas monopólicas.

viernes, 27 de diciembre de 2013

Se reglamentó la ley que regula el consumo de sodio


El Gobierno Nacional promulgó la ley que regula el consumo de sodio en la población fijando los valores máximos permitidos por cada 100 gramos de los alimentos elaborados y puestos a la venta, y que tiene como objetivo disminuir el impacto de las enfermedades cardiovasculares y la hipertensión. La ley 26.905, de Regulación de Consumo de Sodio, fue sancionada el pasado 13 de noviembre en la Cámara Alta.
La Ley plantea la reducción progresiva de la sal contenida en los alimentos procesados hasta alcanzar los valores máximos en cada grupo alimentario, fijados por la cartera sanitaria nacional.
Además, la norma regula la fijación de advertencias en los envases sobre los riesgos del consumo en exceso de sal; promueve la eliminación de los saleros en las mesas de los locales gastronómicos; fija el tamaño máximo para los envases en los que se venda sal no superar los 500 mg. y establece sanciones a los infractores.
La industria alimenticia y gastronómica tiene un plazo de 24 meses para adecuarse a la nueva norma, caso contrario el Ministerio de Salud, autoridad de aplicación de la ley, podrá sancionar las infracciones con multas entre mil y un millón de pesos, y a través del decomiso de productos que no cumplan con los parámetros establecidos.
En cuanto a los locales gastronómicos, se prevé un acuerdo con las autoridades jurisdiccionales para promover la publicación de una leyenda con una advertencia sanitaria en los menúes de los establecimientos; la oferta de alternativas sin sal agregada; las limitaciones a la sugerencia espontánea de saleros, así como la disponibilidad de sal en sobre y con bajo contenido de sodio.
La iniciativa del Plan Argentina Saludable del Ministerio de Salud de la Nación, “Menos Sal Más Vida”, trabaja desde 2011 en la reducción del consumo de sal a través de acuerdos con la industria alimenticia y las panaderías artesanales.
La Organización Mundial de la Salud recomienda un consumo diario de 5 gramos de sal, mientras que en Argentina, según estimaciones de la cartera sanitaria, el consumo es de 11,2 gramos.

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