¿Quiénes
acceden a la Tarifa Social?
Titulares
que sean:
·
Beneficiarias/os
de programas sociales.
·
Jubilados/as
y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o
igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 vigente hasta
febrero 2016 inclusive según Resolución A 396/2015 de la Administración
Nacional de la Seguridad Social.
·
Trabajadores/as
con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios
Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120 según Resolución A 4/2015 del
Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y
Móvil vigente a partir de enero 2016.
·
Personas con
discapacidad.
·
Inscriptas/os
en el Monotributo Social.
·
Empleadas/os
del servicio doméstico.
·
Personas que
cobren Seguro de Desempleo.
¿Desde
cuándo rige la nueva tarifa?
Comenzará a aplicarse a los consumos
desde el 1° de febrero, se verá en la factura que llegue en marzo.
¿Quiénes
quedarán excluidos?
Quienes sean propietarias/os de más
de un inmueble, posean un vehículo de hasta 15 años de antigüedad o tengan
aeronaves o embarcaciones de lujo no podrán acceder a la Tarifa Social.
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